(30 de junio de 2026). El alcalde-presidente, Virgilio Moreno Sarrió.
Aprobación inicial del Plan Especial de Reforma Interior del Centro Histórico de Inca. Someter a información pública por el plazo de dos meses, mediante anuncios que se publicarán BOIB, y otros
SUSPENDER el otorgamiento de licencias y/o comunicaciones previas de parcelación, edificación y demolición en los casos que puedan contradecir las determinaciones previstas
AGENCIA MANACORNOTICIAS 09/07/2026 - 08:58:00
6.- NOTIFICAR, personalmente, el presente acuerdo a las personas y/o interesados que como consecuencia de la aprobación inicial se puedan ver afectados.».

AYUNTAMIENTO DE INCA. Aprobación inicial del Plan Especial de Reforma Interior del Centro Histórico de Inca. Por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria de día 25 de junio de 2026 se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: «1.- APROBAR INICIALMENTE la propuesta del Plan Especial de Reforma Interior del Centro Histórico de Inca, conforme a las determinaciones del PGOU de 2012, redactado por la UTE de arquitectos, JornetLlopPastor (arquitectes)+MGL + Marès.

2.- SOMETER a información pública por el plazo de DOS MESES, mediante anuncios que se publicarán en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en un diario de mayor difusión de la Comunidad Autónoma y en la sede electrónica del Ayuntamiento

SOLICITAR los informes correspondientes a las Administraciones Públicas que se puedan ver afectadas por el presente Plan Especial, conforme a lo previsto en el artículo 55.3

(https://incaciutat.com/normativa-municipal-urbanistica), la propuesta del Plan Especial; pueden examinar el expediente en el Área de Urbanismo de este Ayuntamiento para formular las sugerencias y alegaciones que se consideren oportunas.

3.- SUSPENDER el otorgamiento de licencias y/o comunicaciones previas de parcelación, edificación y demolición en los casos que puedan contradecir las determinaciones previstas en la propuesta de Plan Especial.

4.- ACORDAR la no sujeción a evaluación ambiental estratégica simplificada la presente propuesta de Plan Especial, de acuerdo con lo previsto en el artículo 12.5 del Decreto legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears, una vez que ha sido justificado mediante informe.

5.- SOLICITAR los informes correspondientes a las Administraciones Públicas que se puedan ver afectadas por el presente Plan Especial, conforme a lo previsto en el artículo 55.3 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears así como el informe que prevé el artículo 55.6 de la misma ley, por parte del órgano.

6.- NOTIFICAR, personalmente, el presente acuerdo a las personas y/o interesados que como consecuencia de la aprobación inicial se puedan ver afectados.». Documento firmado electrónicamente, (30 de junio de 2026). El alcalde-presidente, Virgilio Moreno Sarrió.

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