
AGENCIA MANACORNOTICIAS 02/09/2025 - 10:23:28 | ![]() ![]() |

![]() | Ser poseedor de la titulación universitaria de Arquitecto/a o Título oficial de grado más título oficial de máster universitario que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habilite para el ejercicio |
AYUNTAMIENTO DE MANACOR. Convocatoria para la provisión temporal mediante comisión de servicios de un puesto de trabajo de arquitecto del Ayuntamiento de Manacor mediante el sistema de concurso de méritos. Mediante el Decreto de Alcaldía núm. 2025-4030, de 29 de agosto de 2025, se ha resuelto lo siguiente: «1. Aprobar la convocatoria para la provisión temporal mediante comisión de servicios de un puesto de trabajo de arquitecto del Ayuntamiento de Manacor mediante el sistema de concurso de méritos. 2. Aprobar las bases específicas que deben regir esta convocatoria y que se adjuntan como anexo de esta resolución. 3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Manacor.
Contra la presente resolución/acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con los artículos 112 y 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, puede interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido (salvo que se trate de un acto dictado por delegación, en cuyo caso corresponderá la resolución al órgano delegante), en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación/publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
Requisitos de las personas aspirantes. Para ser admitido a la presente convocatoria será necesario reunir los siguientes requisitos: a) Tener la condición de personal funcionario de carrera de cualquier Administración Pública, titular de plaza de naturaleza funcionarial, perteneciente a la Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Clase: Superior, Grupo A, Subgrupo A1.
b) Ser poseedor de la titulación universitaria de Arquitecto/a o Título oficial de grado más título oficial de máster universitario que, de acuerdo con los planes de estudio vigentes, habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto/a (Orden EDU/2075/2010, de 29 de julio). Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero tendrán que acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación u homologación.
c) Haber ejercido funciones relacionadas con el ámbito del planeamiento urbanístico durante al menos 1 año. Para acreditar este requisito, los aspirantes tendrán que aportar un certificado de servicios prestados en el que consten las funciones ejercidas y su relación con la planificación urbanística. Se consideran relacionadas con el ámbito del planeamiento urbanístico, la participación en la redacción, aprobación o modificación de planes urbanísticos o normas subsidiarias así como la redacción o emisión de informes respecto a instrumentos de gestión o de ejecución urbanística.
d) Encontrarse en situación de servicio activo o en cualquier otra situación administrativa excepto la de suspensión firme y la de excedencia voluntaria por interés particular, durante el plazo legal obligatorio de permanencia en esta situación, si es aplicable.
e) Contar con la conformidad expresa del órgano competente de la Administración a la cual pertenece en relación con la posible adscripción en este Ayuntamiento en comisión de servicios del funcionario solicitante. f) No encontrarse suspendido ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido impuesta sanción disciplinaria o, en caso contrario, que esta haya sido cancelada de su hoja de servicios o tener derecho a su cancelación.
g) Presentar los documentos justificativos de los méritos que pretendan hacer valer en la fase de concurso de méritos. h) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias al puesto de trabajo convocado.
i) Las personas con discapacidad o diversidad funcional podrán participar en el presente proceso en igualdad de condiciones que el resto de las y los aspirantes, siempre que puedan acreditar el grado de discapacidad, así como la compatibilidad con el desempeño de las funciones y tareas genéricas consustanciales a estas. Para ello, tendrán que aportar fotocopia compulsada o cotejada de la certificación del órgano competente, que acredite tal condición, así como la tipología y graduación de esta. Se adoptarán para las personas con la condición legal de discapacidad que lo soliciten, las medidas precisas para establecer las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la persona con discapacidad. Para lo cual, los interesados tendrán que formular la correspondiente petición concreta, que aportarán junto con la solicitud de participación dentro del plazo de presentación de instancias. Esta petición tendrá que estar motivada.


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